Tras el aluvión de críticas recibidas y pese a la respuesta de Fernando Savater, vía Twiter, la RAE ha rectificado la definición de manga por una acepción mucho más precisa y realista, dejando atrás la definición tan negativa y lejana a la realidad que ofrecieron en un primer momento.
manga
(Del jap. manga).
1. m. Cómic de origen japonés.
2. m. Género correspondiente al manga.
3. adj. Perteneciente o relativo al manga. Videos, estética manga.
También ha sido corregida la primera definición propuesta de sushi.
sushi
(Voz jap.).
1. m. Comida típica japonesa cuyo ingrediente principal es el arroz hervido, que se sirve en porciones pequeñas y con acompañamientos diversos.













Ya estamos en lo de siempre, hemos tenido que quejarnos para algo que se tenia que haber hecho bien desde el principio se hiciera bien. Y si no nos quejamos seguiria esta definion tan horrible para la palabra manga…
En fin, this is Spain…